- 2 de enero.
- 5 de enero.
- 6 de abril.
- 7 de septiembre.
- 24 de diciembre.
- 31 de diciembre.
- 2 días en ferias y fiestas de cada localidad que en el caso de Cáceres serán el 24 de abril y el 28 de mayo, y en el de Plasencia el 10 y el 15 de junio.
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lunes, 5 de enero de 2026
CALENDARIO LABORAL INDUSTRIAS DE LA MADERA - 2026 - PROVINCIA CACERES
viernes, 26 de diciembre de 2025
CALENDARIO LABORAL INDUSTRIAS DE LA MADERA BADAJOZ 2026
- 2 y 5 de enero.
- 6 de abril.
- 7 de septiembre.
- 24 y 31 de diciembre.
- 2 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz serán el 16 y 18 de febrero y en el de Mérida el 9 y 11 de diciembre.
jueves, 18 de diciembre de 2025
CALENDARIO LABORAL CONSTRUCCIÓN - CÁCERES - 2026
En el DOE 243 de 18 de diciembre de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 21 de noviembre de 2025, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia en la que se establece el calendario laboral para el año 2026, aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio.
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUI
1.- Se establecen como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Cáceres durante el año 2026 los siguientes:
— 2 y 5 de enero.
— 6 de abril.
— 7 de septiembre
— 24 y 31 de diciembre.
— 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el 24 de abril y el 15 de junio para Plasencia.
— Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto ambos inclusive, como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
2.- En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o Domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
3.- En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan. Estas horas no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
miércoles, 12 de noviembre de 2025
CALENDARIO LABORAL SIDEROMETALURGIA 2026 - PROVINCIA BADAJOZ
En el DOE 218 de miércoles 12 de noviembre de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 29 de octubre de 2025, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2026 del Convenio Colectivo de sector Industrias Siderometalúrgicas para la provincia de Badajoz.
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUI
lunes, 24 de febrero de 2025
IV CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS CRISTIAN LAY - AÑOS 2024 - 2025 - 2026
En el DOE 37 de 24 de febrero de 2025 se publica la RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, S.A.
PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI
Ámbito funcional y territorial. Personal:
El ámbito del Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo entre la Empresa Industrias Cristian Lay, SA, y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD 2/2015 de 23 de octubre, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8.
Territorial: El convenio se aplica a todos los centros de trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA, en la provincia de Badajoz.
Vigencia, duración y prórroga.
El Convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2024, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2026.
Se entenderá prorrogado su contenido normativo de año en año, salvo las cláusulas que tengan vigencia determinada, mientras que por cualquiera de las partes no sea denunciado con dos meses de antelación, en cuyo caso, deberán hacer una propuesta concreta sobre los puntos y contenidos que sean susceptibles de revisión.
TABLAS SALARIALES
2024 (3,5%)
viernes, 31 de enero de 2025
INDUSTRIAS DE LA MADERA - BADAJOZ - CALENDARIO LABORAL 2025
En el DOE 21 de 31 de enero de 2025 se publica la RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 30 de noviembre de 2024, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2025 del Convenio Colectivo de Sector "Industrias de la Madera de la Provincia de Badajoz"
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUI
Analizado el calendario de días festivos para el año 2025 para la Comunidad Autónoma de Extremadura, se procede a hacer el cómputo teniendo en cuenta que, según el Convenio General del Sector, la jornada laboral, en cómputo anual, queda establecida en 1.752 horas anuales, divididas en 40 horas semanales de lunes a viernes.
— Se establecen como días festivos de convenio, abonables y no recuperables para el sector de la Industria de la Madera de la Provincia de Badajoz que estará vigente durante el año 2025 los siguientes días:
• 2 y 3 de enero.
• 21 de abril.
• 2 de mayo.
• 31 de octubre.
• 24, 26 y 31 de diciembre.
• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz será el 3 de marzo y en el de Mérida el 23 de mayo.
— Si uno de estos días, coincidiera con fiesta local, el mismo se disfrutará el primer día hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre la empresa y la representación legal de los trabajadores/as.
— En el supuesto de que alguna localidad coincidiese una fiesta con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio, abonable y no recuperable el inmediatamente hábil anterior o posterior.
— Estos días no serán computables a efecto de vacaciones.
— Este calendario tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por las empresas del sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes de los trabajadores, respetándose la jornada anual establecida en el convenio por el año 2025 de 1.752 horas.
martes, 31 de diciembre de 2024
CALENDARIO LABORAL SIDEROMETALURGIA CÁCERES 2025
En el DOE 252 de 31 de Diciembre de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 28 de noviembre de 2024, suscrita por los miembros integrantes de la comisión negociadora del "Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia" en la que se establece el calendario laboral para el año 2025 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio.
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUI
CALENDARIO LABORAL SIDEROMETALURGIA
CACERES - 2025
Se aconsejan como días festivos de convenio, además de los festivos nacionales, autonómicos y locales, abonables y no recuperables, para el sector de industrias de siderometalúrgicas de la provincia de Cáceres durante el año 2025 los siguientes:
- 3 de marzo.
- 2 de mayo.
- 31 de octubre.
- 24 de diciembre.
- 26 de diciembre.
- 31 de diciembre.
- 1 día en Carnaval.
En las localidades donde no se celebre la fiesta de Carnaval podrá ser cambiado por otra fecha, previo acuerdo entre empresa y trabajadores. Si algún día Festivo de Convenio coincidiese con fiesta local, el Festivo de Convenio pasaría a disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local.
Además de estos días se disfrutarán 2 días como festivos locales que se determinarán por cada ayuntamiento. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con Sábado o Domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
jueves, 12 de diciembre de 2024
CALENDARIO LABORAL 2025 - CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS - CÁCERES
En el DOE 240 de 12 de diciembre de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 7 de noviembre de 2024, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la "Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia" en la que se establece el calendario laboral para el año 2025.
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCIÓN PINCHANDO AQUÍ
1. Se establecen como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Cáceres durante el año 2025 los siguientes:
- 2 y 3 de enero.
- 21 de abril.
- 2 de mayo.
- 24, 26 y 31 de diciembre.
- 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el 22 de abril y el 16 de junio para Plasencia.
- Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores.
Estos días no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
2. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
jueves, 5 de diciembre de 2024
CALENDARIO LABORAL 2025 - CONSTRUCCION Y OBRA PÚBLICA - BADAJOZ
En el DOE 235 de 5 de diciembre de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 7 de noviembre de 2024, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2025 del Convenio Colectivo de sector "Construcción y Obras Públicas de la provincia de Badajoz".
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCIÓN PINCHANDO AQUÍ.
Se establecen como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras públicas de la provincia de Badajoz durante el año 2025 los siguientes:
- 2 y 3 de enero.
- 21 de abril.
- 2 de mayo.
- 24, 26 y 31 de diciembre.
- 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz capital será el 3 de marzo y el 23 de mayo para Mérida.
- Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, como consecuencia de la jornada de verano. Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
lunes, 28 de octubre de 2024
CALENDARIO LABORAL EXTREMADURA 2025
Decreto 41/2024, de 14 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025.
lunes, 27 de noviembre de 2023
CALENDARIO LABORAL 2024 INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS BADAJOZ
PUBLICACIÓN EN DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA
En el DOE 233 de 5 de diciembre de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 16 de noviembre de 2023, en la que se acuerda el calendario laboral para 2024 del Convenio Colectivo "Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Badajoz".
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JORNADA LABORAL ANUAL 2024 |
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Horas de trabajo 1760. |
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Las vacaciones anuales serán de 24 días laborables. |
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FESTIVOS LOCALES
PENDIENTES DE AÑADIR |
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2 días a propuesta de los respectivos Ayuntamientos. |
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Un día más: o durante las Ferias o durante las Fiestas de la localidad de la empresa. |
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Si Festivo de Convenio coincide con alguna
fiesta de la localidad, el Festivo de Convenio pasaría a disfrutarse el día
laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local o cualquier
otro día pactado entre la empresa y el trabajador. |
viernes, 10 de noviembre de 2023
CALENDARIO FIESTAS LOCALES EXTREMADURA 2024
sábado, 4 de noviembre de 2023
CALENDARIO LABORAL EXTREMADURA 2024
DOE 107 DE MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
Decreto 68/2023, de 31 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
Artículo 1.
Conforme a lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, las fiestas laborales, que serán retribuidas y no recuperables, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 serán las siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 28 de marzo, Jueves Santo.
- 29 de marzo, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 8 de septiembre, Día de Extremadura.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Artículo 2.
Asimismo, se señala como fiesta en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (reemplazando el descanso en lunes de la festividad del 8 de septiembre, Día de Extremadura, domingo) el 13 de febrero, Martes de Carnaval, en uso de la facultad que establece el tercer párrafo del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores de sustitución por las Comunidades Autónomas de las fiestas nacionales que se trasladen al lunes por otras que por tradición le sean propias.
Artículo 3.
En uso de la facultad que establece el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores de traslado al lunes de las fiestas que coincidan en domingo, el descanso laboral correspondiente al día 8 de diciembre de 2024, Inmaculada Concepción, se disfrutará el lunes, día 9 de diciembre de 2024, por coincidir dicha fiesta en domingo.
Artículo 4.
1. Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días, que serán determinados por resolución de la Dirección General con competencias en relaciones laborales, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo, de conformidad con lo dispuesto por el apartado h) del artículo 10.1 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, sobre distribución de competencias y sobre creación de registros públicos en materia de ejecución de la legislación laboral.
2. Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de octubre de 2023 a la Dirección General con competencias en relaciones laborales, que ordenará la publicación de la relación de todas las fiestas locales de los municipios de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura.
Disposición final.
Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
lunes, 17 de octubre de 2022
CALENDARIO LABORAL EXTREMADURA 2023
DOE 172 DE MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
DECRETO 114/2022, de 31 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
miércoles, 27 de abril de 2022
CONVENIO COLECTIVO COMERCIO GENERAL DE CACERES 2021-22
En el DOE nº 13 de jueves 22 de enero de 2022, se publica la RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el sector de comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2021-2022.
En el DOE nº 17 de miercoles 26 de enero de 2022, se publica la CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el sector de comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2021-2022.
TABLAS SALARIALES
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