En el DOE 32, de 17 de febrero de 2026, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos
Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector
Limpieza de Edificios y Locales para la provincia de Badajoz.
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Ámbito Territorial.
El presente convenio será de ámbito provincial y de aplicación a toda la provincia de Badajoz.
Ámbito Funcional.
Las actividades comprendidas en el campo de aplicación para las empresas dedicadas a la
limpieza de edificios y locales de cualquier tipo.
Ámbito Personal.
El presente convenio será de aplicación a las empresas y personas trabajadoras que desarrollan su actividad en el sector de limpieza de edificios y locales en la provincia de Badajoz,
cualquiera que sea la sede social o domicilio de dichas empresas o personas trabajadoras.
Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor del día 1 de enero de 2025, cualquiera que sea la fecha
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, con las excepciones del incremento
salarial para 2025, que se aplicará conforme lo dispuesto en el artículo 11 del presente convenio, y el plus del artículo 21, cuya subida se aplicará a partir del día 6 de noviembre de 2025.
Duración.
La duración del presente convenio será desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre del 2027.
TABLAS SALARIALES
Del 1 de enero de 2025 a 30 septiembre 2025


