En el BOE 27 de 30 de enero de 2026, se publica la Resolución de 20 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de jardinería
2025-2030.
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Ámbito territorial.
Este convenio será de aplicación en todo el territorio nacional
Ámbito funcional.
El presente convenio será de aplicación y obligará a todas aquellas empresas que se
dediquen a la realización, diseño, conservación y mantenimiento de jardinería en todas
sus modalidades, ya sean públicas o privadas, así como aquellas empresas que con
independencia de las distintas actividades que pudieran desarrollar, realicen trabajos
propios de diseño, construcción, conservación y/o mantenimiento de jardinería en todas
sus modalidades.
Ámbito personal.
Quedan comprendidas dentro del ámbito del presente convenio todas aquellas
personas trabajadoras que se hallen de alta en la plantilla laboral de las empresas
mencionadas en el ámbito funcional.
Así como aquellas que se hallen integradas en las empresas que con independencia
de las distintas actividades que pudieran desarrollar, realicen trabajos propios de diseño,
construcción, conservación y/o mantenimiento de jardinería en todas sus modalidades
Vigencia, duración y prorroga.
El convenio tendrá una vigencia inicial desde el 1 de enero del año 2025 al 31 de
diciembre del 2030, prorrogándose por periodos anuales, si no mediara denuncia de
cualquiera de las partes, con antelación de tres meses a la fecha de término de la
vigencia inicial o de la correspondiente prórroga.
Para los supuestos de denuncia del convenio en tiempo y forma, se acuerda
prorrogar la vigencia del convenio denunciado desde la fecha de término de la vigencia
inicial o de la correspondiente prórroga en su caso, hasta su sustitución por otro
convenio de igual ámbito y eficacia.
TABLAS SALARIALES
