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lunes, 24 de febrero de 2025

IV CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS CRISTIAN LAY - AÑOS 2024 - 2025 - 2026

En el DOE 37 de 24 de febrero de 2025 se publica la RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, S.A.


PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO  PINCHANDO AQUI

Ámbito funcional y territorial. Personal: 

El ámbito del  Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo entre la Empresa Industrias Cristian Lay, SA, y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD 2/2015 de 23 de octubre, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8. 

Territorial: El convenio se aplica a todos los centros de trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA, en la provincia de Badajoz. 

Vigencia, duración y prórroga. 

El  Convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2024, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2026. 

Se entenderá prorrogado su contenido normativo de año en año, salvo las cláusulas que tengan vigencia determinada, mientras que por cualquiera de las partes no sea denunciado con dos meses de antelación, en cuyo caso, deberán hacer una propuesta concreta sobre los puntos y contenidos que sean susceptibles de revisión.

TABLAS SALARIALES

2024 (3,5%)


2025 (2 %)



2026 (2 %)







miércoles, 24 de julio de 2024

CONVENIO COLECTIVO CRISTIAN LAY DIRECT SELLING SERVICES S.L. - AÑOS 2024 - 2026

En el DOE 143 de 24 de julio de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Cristian Lay Direct Selling Services, SL"





PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI


Ámbito Funcional y Territorial. 

Personal: El ámbito del  Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo entre la Empresa Cristian Lay Direct Selling Services, SL , y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD 2/2015, de 23 de octubre, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8. 

Territorial: EL convenio se aplica al centro de trabajo de la empresa Cristian Lay Direct Selling Services, SL. 

Vigencia y duración.

El convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2024, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2026. 

TABLAS SALARIALES 2024 -2026






martes, 6 de junio de 2023

III CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS CRISTIAN LAY (2021-2023)

En el DOE 105, de 2 de junio de 2023 se publica la RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Industrias Cristian Lay, SA"


PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUÍ


Ámbito funcional y territorial. 

Personal: El ámbito del Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo entre la Empresa Industrias Cristian Lay, SA, y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el RD. Leg. 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8. 

Territorial: El convenio se aplica a los centros de trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA. 

Vigencia, duración y prorroga. 

El  Convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2021, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2023. 

Se entenderá prorrogado su contenido normativo de año en año, salvo las cláusulas que tengan vigencia determinada, mientras que por cualquiera de las partes no sea denunciado con dos meses de antelación, en cuyo caso, deberán hacer una propuesta concreta sobre los puntos y contenidos que sean susceptibles de revisión.