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martes, 11 de marzo de 2025

CONVENIO COMERCIO MADERA, MUEBLE Y MARQUETERIA - BADAJOZ (2023-2024)

En el DOE 48 de 11 de marzo de 2025 se publica la  RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector comercio de la madera, el mueble y la marquetería de la provincia de Badajoz.

PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI


Ámbito funcional. 

El Convenio establece y regula las condiciones mínimas de trabajo para todas las empresas y trabajadores que se dediquen a la actividad de Comercio de la madera, el mueble y la marquetería, no afectados por otro convenio de mayor rango. 

Ámbito territorial. 

El Convenio es de aplicación en toda la provincia de Badajoz. 

Ámbito temporal. 

El Convenio colectivo entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, independientemente de la fecha de su publicación en el DOE, y su duración será hasta el 31 de diciembre de 2024, sin que esto suponga derogación de ninguna de sus cláusulas.

TABLAS SALARIALES



viernes, 15 de marzo de 2024

CONVENIO HOSTELERIA BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2023 DEFINITIVAS

En el DOE 53 de viernes 15 de marzo de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 23 de febrero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector "Hostelería de la provincia de Badajoz"



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TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2023




Revisión de conceptos salariales: 

Artículo 15. Ferias. 

Queda establecido para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 17. Fiesta patronal. 

Queda establecida para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 22. Seguro de vida. 

Queda establecida para el año 2023 en 20.266,33 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 28. Salario en especies. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 34,26, siendo un total anual de 376,86, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 29. Horas nocturnas. 

Queda establecida para el año 2023 en 2,37 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 32. Plus de transporte. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 84,05, durante once meses, siendo un total anual de 924,55. 

Artículo 33. Ropa de trabajo. 

Queda establecida para el año 2023 en 18,68 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 34. Nacimiento de hijos. 

Queda establecida para el año 2023 en 95,69 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023.


lunes, 4 de marzo de 2024

TABLAS SALARIALES COMERCIO TEXTIL BADAJOZ 2023 DEFINITIVAS

En el DOE 44 de 4 de marzo de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 29 de enero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de sector "Comercio textil (mayor y menor) de la provincia de Badajoz"

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TABLAS SALARIALES 2023



jueves, 26 de octubre de 2023

TABLAS SALARIALES 2023 - ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA

En el BOE 255 de 25 de octubre de 2023, se publica la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,  por la que se registra y publica la revisión salarial para el 2023, del IX Convenio Colectivo de enseñanza y formación no reglada.







El Convenio Colectivo, fue publicado en el BOE 258, de 25 de octubre de 2021. 

Puedes acceder al texto del mismo, PINCHANDO AQUÍ

miércoles, 18 de octubre de 2023

CONVENIO COLECTIVO NESTLÉ MIAJADAS - AÑOS ABRIL 2023 - MARZO 2026

En el DOE 200 de 18 de octubre de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Nestlé España, SA, para su centro de trabajo de Miajadas.






Ámbito funcional. 

El  Convenio regula, a partir de la fecha de su entrada en vigor, las relaciones laborales entre la empresa Nestlé España, SA, y el personal de su fábrica de Miajadas, con las excepciones que se detallan en el ámbito personal. 

Ámbito territorial. 

Este Convenio Colectivo es de aplicación al centro de trabajo de Miajadas (Cáceres) y sus dependencias anexas. 

Ámbito personal. 

Se rige por este Convenio Colectivo el personal que preste servicio en el centro de trabajo a que se refiere el ámbito territorial, con las excepciones siguientes: 
a) Los cargos de alta dirección, gobierno o consejo. 

b) Las personas a quienes se les haya encomendado algún servicio sin sujeción a jornada y que no figuran en la plantilla de la empresa. 

c) Los pertenecientes a los grupos técnicos/as y administrativos/as, en lo relativo exclusivamente a retribuciones del capítulo V, por cuanto siguen un sistema de determinación salarial diferente.

Ámbito temporal. 

Cualquiera que sea la fecha de su publicación, el  Convenio Colectivo entrará en vigor, a todos los efectos el día primero de abril de 2023 y su duración se extenderá hasta el 31 de marzo del año 2026.

TABLAS SALARIALES






jueves, 5 de octubre de 2023

CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS DE LA MADERA. PROVINCIA BADAJOZ . (2021-2023)

En el DOE 190 de martes 3 de octubre de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Industrias de la Madera de la Provincia de Badajoz"








Ámbito funcional y de aplicación. 

El Convenio será de aplicación y obligado cumplimiento en todas las Industrias de la Madera ubicadas en la provincia de Badajoz tal y como se determina en el anexo I del Convenio Colectivo del Sector de la Madera, aprobado por la Resolución de 2 de noviembre de 2012 (en adelante Convenio Estatal), de la Dirección General de Empleo Sectorial para las Industrias de la Madera. 

Afecta igualmente a la totalidad del personal que preste sus servicios en las Empresas que se citan en el párrafo anterior

Ámbito temporal y denuncia. 

La duración del Convenio tendrá una vigencia de 3 años, comenzando el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre del 2023 salvo las condiciones económicas que retrotraen sus efectos al 1 de enero de 2021, cualquiera que sea su fecha de publicación en el DOE, siempre con efectos favorables o más beneficiosos para las personas trabajadoras. 

Este Convenio será denunciado de forma automática por ambas partes el día 31 de diciembre de 2023, sin necesidad de comunicación por escrito entre las partes firmantes. 

No obstante lo anterior y en evitación del vacío normativo que en otro caso se produciría, una vez terminada su vigencia inicial, o la de cualquiera de sus prórrogas, continuará rigiendo, en su totalidad, su contenido normativo, hasta que sea sustituido por otro.

TABLA SALARIAL 2023





jueves, 27 de julio de 2023

CONVENIO COMERCIO GENERAL PROVINCIA DE CÁCERES - AÑOS 2023-2025

En el DOE 144 de Jueves 27 de julio de 2023, se publica la  RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para el sector de comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2023-2025.






Ámbito funcional

Quedan sometidas a las estipulaciones del  Convenio todas las empresas comprendidas en los sectores relacionados a continuación:

Alimentación, productos coloniales, actividades diversas, cereales, materiales de construcción, mayoristas de frutas, hortalizas, patatas y plátanos, productos hortofrutícolas, ganadería, comercio de madera, comercio de metal, comercio de oliva, piel, textil, cervezas y bebidas refrescantes, droguerías, estancos, librerías, ópticas, todos los establecimientos mercantiles e intermediarios de comercio y, en general todos los establecimientos que de manera directa o indirecta se dediquen a comercio al menor o mayor de cualquier género

Ámbito personal

Quedan comprendidos en el Convenio todas las personas trabajadoras de las empresas comprendidas en el ámbito funcional, con las excepciones del Estatuto de los Trabajadores y de los menores de 16 años, cuya contratación queda prohibida.

Ámbito territorial

Las disposiciones del Convenio regirán en Cáceres y su provincia.

Ámbito temporal

La duración del Convenio será de tres años, iniciándose su vigencia el día 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.


TABLAS SALARIALES 2023









lunes, 26 de junio de 2023

CONVENIO ESTATAL DEPENDENCIA - AÑOS 2019-2025

En el BOE 137 de 9 de junio de 2023, se publica la  Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.


Ámbito funcional

El ámbito funcional de aplicación del  convenio colectivo está constituido por las empresas y establecimientos que ejerzan su actividad en el sector de la atención a las personas dependientes y/o desarrollo de la promoción de la autonomía personal: residencias para personas mayores, centros de día, centros de noche, viviendas tuteladas, servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia. Todo ello cualquiera que sea su denominación y con la única excepción de aquellas empresas cuya gestión y titularidad correspondan a la administración pública.  

Igualmente quedan afectadas por el convenio las divisiones, líneas de negocio, secciones u otras unidades productivas autónomas dedicadas a la prestación del servicio del ámbito funcional, aun cuando la actividad principal de la empresa en que se hallen integradas sea distinta o tenga más de una actividad perteneciente a diversos sectores productivos. 

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación del convenio las empresas que realicen específicos cuidados sanitarios como actividad fundamental, entendiendo esta exclusión, sin perjuicio de la asistencia sanitaria a las personas residentes y usuarias, como consecuencia de los problemas propios de su edad y/o dependencia.

Ámbito territorial

El convenio se aplicará en todo el territorio español.

Vigencia y duración

El convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, salvo en aquellas materias donde se establezca algo diferente. Y según lo establecido en la disposición adicional del mismo.


SALARIOS 2022


                 
SALARIOS 2023   
                     


SALARIOS 2024





SALARIOS 2025




martes, 6 de junio de 2023

III CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS CRISTIAN LAY (2021-2023)

En el DOE 105, de 2 de junio de 2023 se publica la RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Industrias Cristian Lay, SA"


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Ámbito funcional y territorial. 

Personal: El ámbito del Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo entre la Empresa Industrias Cristian Lay, SA, y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el RD. Leg. 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8. 

Territorial: El convenio se aplica a los centros de trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA. 

Vigencia, duración y prorroga. 

El  Convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2021, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2023. 

Se entenderá prorrogado su contenido normativo de año en año, salvo las cláusulas que tengan vigencia determinada, mientras que por cualquiera de las partes no sea denunciado con dos meses de antelación, en cuyo caso, deberán hacer una propuesta concreta sobre los puntos y contenidos que sean susceptibles de revisión. 

sábado, 11 de marzo de 2023

COMERCIO TEXTIL BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2022 (FINALES) Y 2023 (INICIALES)

En el DOE 48 de 10 de marzo de 2023 se publica la RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 17 de enero de 2023, en la que se acuerdan tablas salariales para los años 2022 y 2023, así como las cuantías relativas a indemnizaciones y dietas, reguladas en los artículos 18 y 20 del Convenio Colectivo del Sector "Comercio textil (mayor y menor) de la provincia de Badajoz"

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TABLAS SALARIALES 2022 (DEFINITIVAS)

Grupo o nivel

Categoría profesional

Salarios 2022

1

Titulado/a superior

1.236,12 €

 

Director/a Mercantil

1.236,12 €

 

Gerente

1.236,12 €

2

Jefe/a de personal

1.187,19 €

 

Encargado/a general

1.187,19 €

3

Jefe/a de Sucursal

1.083,01 €

 

Jefe/a de Almacén

1.083,01 €

 

Jefe/a de Sección Mercantil

1.055,58 €

 

Jefe/a de Sección Administrativa

1.055,58 €

4

Contable

1.020,27 €

 

Cajero/a

1.020,27 €

 

Oficial Administrativo

1.020,27 €

 

Encargado/a de establecimiento

997,66 €

 

Dependiente/a mayor (10% + del salario del dependiente)

1.074,91 €

5

Escaparatista

984,01 €

 

Viajante

984,01 €

 

Profesional de oficio, oficial de 1a

984,01 €

6

Dependiente/a

977,21 €

 

Modisto/a

977,21 €

 

Auxiliar administrativo

977,21 €

 

Auxiliar de caja

977,21 €

 

Profesional de Oficio, oficial de segunda

970,32 €

 

Mozo/a especializado/a

970,32 €

 

Mozo/a

970,32 €

 

Telefonista

970,32 €

 

Limpiador/a

970,32 €

7

Aprendiz menor de 18 años

933,33 €


TABLAS SALARIALES 2023 (INICIALES)

Grupo o nivel

Categoría profesional

Salarios Iniciales 2023

1

Titulado/a superior

1.259,61 €

 

Director/a Mercantil

1.259,61 €

 

Gerente

1.259,61 €

2

Jefe/a de personal

1.209,75 €

 

Encargado/a general

1.209,75 €

3

Jefe/a de Sucursal

1.103,59 €

 

Jefe/a de Almacén

1.103,59 €

 

Jefe/a de Sección Mercantil

1.075,64 €

 

Jefe/a de Sección Administrativa

1.075,64 €

4

Contable

1.039,65 €

 

Cajero/a

1.039,65 €

 

Oficial Administrativo

1.039,65 €

 

Encargado/a de establecimiento

1.016,62 €

 

Dependiente/a mayor (10% + del salario del dependiente)

1.095,33 €

5

Escaparatista

1.002,71 €

 

Viajante

1.002,71 €

 

Profesional de oficio, oficial de 1a

1.002,71 €

6

Dependiente/a

995,78 €

 

Modisto/a

995,78 €

 

Auxiliar administrativo

995,78 €

 

Auxiliar de caja

995,78 €

 

Profesional de Oficio, oficial de segunda

988,76 €

 

Mozo/a especializado/a

988,76 €

 

Mozo/a

988,76 €

 

Telefonista

988,76 €

 

Limpiador/a

988,76 €

7

Aprendiz menor de 18 años

951,06 €


INDEMNIZACIONES Y DIETAS

 

AÑO 2022 FINAL

AÑO 2023 INICIAL

INDEMNIZACION TIPO A

20.569,70 €

20.960,52 €

INDEMNIZACION TIPO B

3.418,50 €

3.483,45 €


 

AÑO 2022 FINAL

AÑO 2023 INICIAL

DIETA COMPLETA

11,22 €

11,44 €

MEDIA DIETA

5,52 €

5,63 €