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miércoles, 20 de mayo de 2026

CONVENIO HOSTELERIA BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2025 (FINALES) Y 2026 (INICIALES)

En el DOE 95 de 20 de mayo de 2026, se publica la RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 24 de marzo de 2026, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2025 y provisionales para el año 2026 del Convenio Colectivo de sector Hostelería de la provincia de Badajoz.


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TABLAS SALARIALES 2025 Y 2026






viernes, 17 de octubre de 2025

CONVENIO TRANSPORTE MERCANCIAS CARRETERAS BADAJOZ 2025

En el DOE 199 de 16 de octubre de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz.

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Ámbito funcional. 

El presente Convenio será de aplicación a las empresas y cooperativas con personas trabajadoras por cuenta ajena, dedicadas a la actividad del transporte de mercancías en general, ya sean agencias, servicios regulares o servicios discrecionales, servicios de mudanzas de muebles y todos aquellos otros que estén recogidos en el II Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por carretera, en adelante (Acuerdo General), o Acuerdo o norma que lo sustituya. 

Será de directo cumplimiento y obligada observancia el Acuerdo General en su parte normativa obligacional que queda reservado al mencionado acuerdo. Todos aquellos convenios de ámbito inferior a éste que mejoren lo aquí pactado se mantendrán dichas mejoras.

Ámbito personal. Quedan comprendidas dentro del ámbito de este Convenio las personas que ostenten la calidad de personas trabajadoras por cuenta de las empresas afectadas por el mismo, con la exclusión que recoja la Ley. Las mejoras de cualquier tipo pactadas en este Convenio no podrán ser compensadas con las que pudieran estar disfrutando los trabajadores en el momento de la firma del mismo. Se respetarán las situaciones personales que, con carácter global mejoren lo pactado en este Convenio, manteniéndose estrictamente “Ad personam”.

Ámbito territorial. 

El presente Convenio será de ámbito provincial y se extenderá a toda la provincia de Badajoz, quedando incluido en el mismo todos los centros de trabajo a que se refiere el ámbito funcional, que se halle emplazados en la provincia, aun cuando la sede central o domicilio social de la empresa radique fuera de dicho término provincial. 


Vigencia, duración y prórroga. 

El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2025 y finalizará el 31 de diciembre de 2025, siendo su denuncia automática a su finalización 

No obstante lo anterior, y con el objeto de evitar el vacío normativo que en todo caso se produciría una vez terminada su vigencia inicial, o la de cualquiera de sus prórrogas, continuará rigiendo en su totalidad, tanto en su contenido normativo como en el obligacional, hasta que sea sustituido por otro.

TABLA SALARIAL 2025


  • El conductor/a gruista percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario. 
  • El conductor/a-repartidor/a, o que haga de repartidor/a, percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario bruto mensual. 
  • Las categorías no expresamente enumeradas percibirán un salario asimilable a los arriba acordados en función a criterios de proporcionalidad en la responsabilidad y/o funciones de la categoría que se desempeñe en comparación con las que aquí se enumeran.

martes, 19 de marzo de 2024

TABLAS SALARIALES 2024 - CONVENIO ESTATAL CONSERVAS VEGETALES

En el BOE 59 de jueves 7 de marzo de 2024, se publica la Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial provisional de 2024 del Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales.


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TABLA SALARIAL PROVISIONAL 2024




En el salario hora global está incluido el 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales correspondientes a domingos, en su caso, sábados, festivos, vacaciones, gratificaciones extraordinarias y treinta días de premio de permanencia.

La cotización a la Seguridad Social se efectuará por el salario hora global. Se suprimen los niveles salariales 1.15 y 2.15. El personal operario que hasta ahora integraba los niveles salariales 1.15 y 2.15 pasarán a los niveles salariales 1.14 y 2.14.

En caso de existir personas trabajadoras fijas discontinuas o temporales en los niveles 2.1 a 2.7 cobrarán también, como los demás, por hora de trabajo efectivo. El valor de la hora se obtendrá dividiendo el salario anual de los niveles 1.1 a 1.7 entre las horas anuales de jornada.


El 66,67 por 100 de todas las partes proporcionales se desglosa así: 

– Pagas extras y de permanencia: 32,97 por 100. 
– Resto (domingos, en su caso sábados, festivos y vacaciones): 33,70 por 100. Nota: Esta tabla salarial de 2024 se ha obtenido aplicando a la tabla salarial de 2023 un 3 %. 

viernes, 15 de marzo de 2024

CONVENIO HOSTELERIA BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2023 DEFINITIVAS

En el DOE 53 de viernes 15 de marzo de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 23 de febrero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector "Hostelería de la provincia de Badajoz"



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TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2023




Revisión de conceptos salariales: 

Artículo 15. Ferias. 

Queda establecido para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 17. Fiesta patronal. 

Queda establecida para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 22. Seguro de vida. 

Queda establecida para el año 2023 en 20.266,33 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 28. Salario en especies. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 34,26, siendo un total anual de 376,86, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 29. Horas nocturnas. 

Queda establecida para el año 2023 en 2,37 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 32. Plus de transporte. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 84,05, durante once meses, siendo un total anual de 924,55. 

Artículo 33. Ropa de trabajo. 

Queda establecida para el año 2023 en 18,68 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 34. Nacimiento de hijos. 

Queda establecida para el año 2023 en 95,69 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023.


lunes, 4 de marzo de 2024

TABLAS SALARIALES COMERCIO TEXTIL BADAJOZ 2023 DEFINITIVAS

En el DOE 44 de 4 de marzo de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 29 de enero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de sector "Comercio textil (mayor y menor) de la provincia de Badajoz"

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TABLAS SALARIALES 2023