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viernes, 15 de marzo de 2024

CONVENIO HOSTELERIA BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2023 DEFINITIVAS

En el DOE 53 de viernes 15 de marzo de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 23 de febrero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector "Hostelería de la provincia de Badajoz"



DESCARGA RESOLUCION PINCHANDO AQUÍ


TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2023




Revisión de conceptos salariales: 

Artículo 15. Ferias. 

Queda establecido para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 17. Fiesta patronal. 

Queda establecida para el año 2023 en 11,88 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 22. Seguro de vida. 

Queda establecida para el año 2023 en 20.266,33 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 28. Salario en especies. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 34,26, siendo un total anual de 376,86, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 29. Horas nocturnas. 

Queda establecida para el año 2023 en 2,37 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 32. Plus de transporte. 

Queda establecida para el año 2023, la cantidad mensual de 84,05, durante once meses, siendo un total anual de 924,55. 

Artículo 33. Ropa de trabajo. 

Queda establecida para el año 2023 en 18,68 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023. 

Artículo 34. Nacimiento de hijos. 

Queda establecida para el año 2023 en 95,69 euros, con carácter retroactivo desde enero de 2023.


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