En el BOE 137 de 9 de junio de 2023, se publica la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de
atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la
autonomía personal.
Ámbito funcional
El ámbito funcional de aplicación del convenio colectivo está constituido por
las empresas y establecimientos que ejerzan su actividad en el sector de la atención a
las personas dependientes y/o desarrollo de la promoción de la autonomía personal:
residencias para personas mayores, centros de día, centros de noche, viviendas
tuteladas, servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia. Todo ello cualquiera que sea su
denominación y con la única excepción de aquellas empresas cuya gestión y titularidad
correspondan a la administración pública.
Igualmente quedan afectadas por el convenio las divisiones, líneas de negocio,
secciones u otras unidades productivas autónomas dedicadas a la prestación del servicio
del ámbito funcional, aun cuando la actividad principal de la empresa en que se hallen
integradas sea distinta o tenga más de una actividad perteneciente a diversos sectores
productivos.
Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación del convenio las
empresas que realicen específicos cuidados sanitarios como actividad fundamental,
entendiendo esta exclusión, sin perjuicio de la asistencia sanitaria a las personas
residentes y usuarias, como consecuencia de los problemas propios de su edad y/o
dependencia.
Ámbito territorial
El convenio se aplicará en todo el territorio español.
Vigencia y duración
El convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y tendrá
vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, salvo en aquellas materias donde se
establezca algo diferente. Y según lo establecido en la disposición adicional del mismo.
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