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miércoles, 20 de mayo de 2026

CONVENIO HOSTELERIA BADAJOZ - TABLAS SALARIALES 2025 (FINALES) Y 2026 (INICIALES)

En el DOE 95 de 20 de mayo de 2026, se publica la RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 24 de marzo de 2026, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2025 y provisionales para el año 2026 del Convenio Colectivo de sector Hostelería de la provincia de Badajoz.


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TABLAS SALARIALES 2025 Y 2026






lunes, 30 de marzo de 2026

TABLAS SALARIALES 2026 - URBASER ECOPARQUE MERIDA

En el DOE 60 de 27 de marzo de 2026, se publica la  RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 11 de febrero de 2026, en la que se acuerdan tablas salariales para el año 2026, del Convenio Colectivo de la empresa URBASER, SA, con su personal adscrito al centro de trabajo del Ecoparque de Mérida.

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martes, 17 de febrero de 2026

CONVENIO LIMPIEZA EDIFICIOS Y LOCALES BADAJOZ - 2025 -2026 - 2027

En el DOE 32, de 17 de febrero de 2026, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Limpieza de Edificios y Locales para la provincia de Badajoz.

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Ámbito Territorial. 

El presente convenio será de ámbito provincial y de aplicación a toda la provincia de Badajoz. 

Ámbito Funcional. 

Las actividades comprendidas en el campo de aplicación para las empresas dedicadas a la limpieza de edificios y locales de cualquier tipo.

Ámbito Personal. 

El presente convenio será de aplicación a las empresas y personas trabajadoras que desarrollan su actividad en el sector de limpieza de edificios y locales en la provincia de Badajoz, cualquiera que sea la sede social o domicilio de dichas empresas o personas trabajadoras. 

Vigencia. 

El presente convenio entrará en vigor del día 1 de enero de 2025, cualquiera que sea la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, con las excepciones del incremento salarial para 2025, que se aplicará conforme lo dispuesto en el artículo 11 del presente convenio, y el plus del artículo 21, cuya subida se aplicará a partir del día 6 de noviembre de 2025.

Duración. 

La duración del presente convenio será desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre del 2027. 

TABLAS SALARIALES

Del 1 de enero de 2025 a 30 septiembre 2025


Del 1 de octubre de 2025 a 31 diciembre 2025


Año 2026


Año 2027



miércoles, 23 de abril de 2025

TABLAS SALARIALES 2025 - CONVENIO INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES

En el DOE 115 de 17 de junio de 2025, se publica el  Acta, de fecha 22 de mayo de 2025, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Paritaria del "Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia" en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación de las tablas salariales definitivas de 2025 del citado convenio, las cuales fueron publicadas en el DOE de 23 de abril de 2025. 

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TABLAS SALARIALES 2025








lunes, 17 de marzo de 2025

TABLAS SALARIALES - CONVENIO HOSTELERIA CÁCERES (2024-2025)

En el DOE 52 de 17 de marzo de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 21 de enero de 2025, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio provincial de hostelería de Cáceres para los años 2021 a 2025, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales definitivas de 2024 y provisionales de 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio.

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TABLAS SALARIALES 2024 DEFINITIVAS Y 2025 PROVISIONALES


Artículo 14. Plus único extrasalarial. 

Para el año 2024, queda establecido en 157,98 euros mensuales. 

Para el año 2025, queda establecido en 161,14 euros mensuales 

Artículo 15. Percepciones no salariales de carácter no periódico. 

Por contraer matrimonio: 

Para el año 2024 queda establecido en 180,42 euros. 

Para el año 2025 queda establecido en 184,03 euros. 

Por adquisición de vivienda: 

Para el año 2024 queda establecido en 282,29 euros. 

Para el año 2025, queda establecido en 287,94 euros. 

Artículo 21. Jubilación anticipada. 

Para el año 2024 y 2025, quedan establecidas en las siguientes cantidades:




Artículo 24. Jornada de trabajo. 

Plus de trabajo nocturno: 

Para el año 2024, queda establecido en 52,94 euros mensuales. 

Para el año 2025, queda establecido en 54 euros mensuales.

 

TABLAS SALARIALES - CONVENIO COMERCIO GENERAL CACERES - PROVISIONALES 2025

En el DOE 52 de Lunes 17 de marzo de 2025, se publica la  RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 17 de febrero de 2025, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector de comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2023-2025, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales provisionales correspondientes a la anualidad 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio.

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TABLAS SALARIALES 2025 PROVISIONALES





martes, 24 de septiembre de 2024

CONVENIO COLECTIVO OFICINAS Y DESPACHOS - EXTREMADURA - 2024/2026

En el DOE 186 de 24 de septiembre de 2024, se publica la RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos para la Comunidad Autónoma de Extremadura 2024-2026".



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Ámbito territorial. 

El  Convenio colectivo será de aplicación a todas las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura encuadradas en el ámbito funcional y personal a que se alude en el artículo siguiente, establecidas o que se establezcan durante su vigencia en esta comunidad autónoma.  

Ámbito funcional. 

El Convenio colectivo regula las relaciones de trabajo en las oficinas y despachos, todos ellos definidos conforme su legislación específica. A tales efectos, se entiende que forman parte de dicho sector, a excepción de aquellas empresas con convenio propio o que  forman parte del ámbito funcional de convenios colectivos de otros sectores, que estén en vigor, prorrogados o en negociación, aquellas cuya actividad queda recogida en los siguientes 

CNAES: 

6910. Actividades jurídicas. 

8211. Servicios administrativos combinados. 

8219. Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficinas. 

9411. Actividades de organizaciones empresariales y patronales. 

9412. Actividades de organizaciones profesionales. 

9420. Actividades sindicales. 

9491. Actividades de organizaciones religiosas. 

9492. Actividades de organizaciones políticas. 

7490. Otras actividades profesionales, científicas y técnicas. 

7021. Relaciones públicas y comunicación. 

8299. Otras actividades de apoyo a empresas. 

8230. Organización de convenciones y ferias de muestras. 

7430. Actividades de traducción e interpretación. 

7740. Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor. 

8291. Actividades de agencias de cobros y de información comercial. 

6920. Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal no encuadrables en el convenio colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública. 

6311 y 6399. Empresas de grabación de datos cuya actividad principal no sean los servicios de informática ni los servicios de investigación de mercados y de la opinión pública. 

9499. Otras actividades asociativas. 

7311. Agencias de publicidad, excepto las que desarrollan alguna o algunas de las actividades definidas como publicidad en el artículo 2 de la Ley 34/1988. 7810. Actividades de Agencias de colocación, excepto empresas de trabajo temporal. 

7830. Otra provisión de recursos humanos. 

Asimismo, quedan encuadrados en el  convenio los trabajadores y trabajadoras de las empresas de administración de fincas, graduados sociales, asesorías laborales, Cámaras de Comercio, Consulados, Intermediación monetaria, y gestión administrativa de la investigación, así como las sociedades, fundaciones y demás entidades análogas a las asociaciones. 

Ámbito temporal. 

El  Convenio entrará en vigor una vez homologado, el día 1 de enero de 2.024, cualquiera que sea el día de publicación del presente convenio en el DOE hasta el 31/12/2026. 

Los efectos salariales del presente convenio tendrán carácter retroactivo desde el 1/1/2024.


TABLAS SALARIALES 2024-2026