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jueves, 9 de junio de 2022

CONVENIO COLECTIVO OFICINAS Y DESPACHOS DE EXTREMADURA (2022 -2023)

En el DOE 110 de jueves 9 de junio de 2022, ha sido publicada la  RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Convenio Colectivo de Trabajo de Oficinas y Despachos para la Comunidad Autónoma de Extremadura.


ÁMBITO TEMPORAL


El convenio entra en vigor una vez publicado en el DOE, el día 1 de enero de 2.022, y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 . Los efectos salariales se retrotraen al 1 de enero de 2022.


ÁMBITO FUNCIONAL y TERRITORIAL

El Convenio colectivo regula las relaciones de trabajo en las oficinas y despachos, todos ellos definidos conforme su legislación específica, encuadrados en la Comunidad Autónoma de Extremadura

A tales efectos, se entienderá que forman parte de dicho sector, a excepción de aquellas empresas con convenio propio o que forman parte del ámbito funcional de convenios colectivos de otros sectores, que estén en vigor, prorrogados o en negociación, aquellas cuya actividad queda recogida en los siguientes CNAES:
 
6910. Actividades jurídicas.
8211. Servicios administrativos combinados.
8219. Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficinas.
9411. Actividades de organizaciones empresariales y patronales.
9412. Actividades de organizaciones profesionales.
9420. Actividades sindicales.
9491. Actividades de organizaciones religiosas.
9492. Actividades de organizaciones políticas.
7490. Otras actividades profesionales, científicas y técnicas.
7021. Relaciones públicas y comunicación.
8299. Otras actividades de apoyo a empresas.
8230. Organización de convenciones y ferias de muestras.
7430. Actividades de traducción e interpretación.
7740. Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor.
8291. Actividades de agencias de cobros y de información comercial.
6920. Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal no encuadrables en el convenio colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública.
6311 y 6399.Empresas de grabación de datos cuya actividad principal no sean los servicios de informática ni los servicios de investigación de mercados y de la opinión pública.
9499. Otras actividades asociativas.
7311. Agencias de publicidad, excepto las que desarrollan alguna o algunas de las actividades definidas como publicidad en el artículo 2 de la Ley 34/1988.
7810. Actividades de Agencias de colocación, excepto empresas de trabajo temporal.
7830. Otra provisión de recursos humanos.
 
Asimismo, quedan encuadrados en el convenio los trabajadores y trabajadoras de las empresas de administración de fincas, graduados sociales, asesorías laborales, Cámaras de Comercio, Consulados, Intermediación monetaria, y gestión administrativa de la investigación, así como las sociedades, fundaciones y demás entidades análogas a las asociaciones.
 

TABLAS SALARIALES 2022 Y 2023


El convenio dispone de una disposición final por la que se establece que las condiciones económicas establecidas en el mismo, estimadas en su conjunto, se establecen con el carácter de mínimas y los pactos, cláusulas o situaciones actualmente implantadas en las empresas que impliquen condiciones más beneficiosas, no serán afectadas por el Convenio.

 
En todo caso las empresas complementarán los salarios de los trabajadores hasta alcanzar el salario mínimo interprofesional anual establecido en el estado español para cada año de vigencia del convenio.

 

 

 

 

 

 

sábado, 28 de mayo de 2022

CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES 2019-2023

En el DOE 100 de jueves 26 de mayo de 2022, ha sido publicada la RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera para la provincia de Cáceres 2019-2023"

ÁMBITO FUNCIONAL Y PERSONAL 

El Convenio obliga a todas las empresas de transporte de viajeros por carretera de la provincia de Cáceres y las que residiendo o con domicilio social en otra provincia, tengan centro de trabajo en Cáceres o su provincia, en cuanto al personal adscrito a las mismas, salvo acuerdo más favorable.

Así pues el Convenio es de aplicación para todas las empresas de transporte de viajeros por carretera, incluidos trenes y autobuses turísticos, con la sola excepción de:

a) Transporte de viajeros en automóviles ligeros (taxis).

b) Transporte con tracción animal.

c) Personal de servicios auxiliares de garajes y estaciones de servicio.

ÁMBITO TEMPORAL

El Convenio tendrá una vigencia, a todos los efectos desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre del año 2023.

TABLAS SALARIALES

AÑOS 2021, 2022 Y 2023






CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ (2022 -2024)

El pasado miércoles 25 de mayo  en el DOE nº 99 se publicó la RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Industrias Siderometalúrgicas de la Provincia de Badajoz"

ÁMBITO FUNCIONAL

Los preceptos del  Convenio son de obligación para todas las empresas dedicadas a la actividad Siderometalúrgica, tanto en el proceso de producción como de transformación en sus diversos aspectos, comprendiéndose asimismo aquellas empresas, centros de trabajo, talleres de reparación de vehículos, con inclusión de los lavados, engrase, instalación de neumáticos, o talleres que llevan a cabo trabajo de carácter auxiliar, complementarios o afines, directamente relacionados con el sector, o tareas de instalación, montaje, reparación, mantenimiento o conservación incluidos en dicha rama o en cualquier otra que requiera tales servicios, así como, las empresas fabricantes de componentes de energías renovables. Son también de aplicación las presentes normas para las empresas que fabriquen, transformen y reparen envases metálicos y boterío; joyería y relojería, fontanería, instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, calefacción, gas, redes de contra incendios, placas solares y otras actividades complementarias de la construcción metálica, las de tendidos de líneas eléctricas y redes telefónicas, las de conducción de energías, señalización y electrificación de ferrocarriles, instaladores y mantenedores de grúas torre, industrias de óptica y mecánica de precisión, recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas, fabricación o manipulación de circuitos impresos, lectura de contadores así como aquellas actividades específicas y/o complementarias, relativas a las infraestructuras tecnológicas y equipos de la información y las telecomunicaciones. 

Quedan excluidas las empresas dedicadas a la venta de artículos de siderometalúrgica en proceso exclusivo de comercialización. 

ÁMBITO TERRITORIAL

Las normas contenidas en el presente Convenio serán de aplicación a toda la provincia de Badajoz.


TABLAS SALARIALES 2022 SIDERO BADAJOZ