Ya se conocen los festivos y/o domingos autorizados para la apertura de establecimientos comerciales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2024.
Hay que recordar, que esta habilitación afecta a todas aquellas empresas que NO TIENEN la condición de ESTABLECIMIENTOS CON LIBERTAD HORARIA en los términos indicados en la Ley de Comercio de Extremadura.
Así, con carácter general, para el 2024, el Consejo de Comercio de la Junta de Extremadura ha autorizado los siguientes:
- 7 de enero de 2024
- 28 de marzo de 2024
- 12 de octubre de 2024
- 1 de diciembre de 2024
- 6 de diciembre de 2024
- 9 de diciembre de 2024
- 22 de diciembre de 2024
- 29 de diciembre de 2024
- 4 de febrero de 2024
- 3 de marzo de 2024
- 7 de abril de 2024
- 5 de mayo de 2024
- 2 de junio de 2024
- 6 de octubre de 2024

