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martes, 31 de octubre de 2023

APERTURA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EXTREMADURA - 2024

Ya se conocen los festivos y/o domingos autorizados para la apertura de establecimientos comerciales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2024. 

Hay que recordar, que esta habilitación afecta a todas aquellas empresas que NO TIENEN la condición de ESTABLECIMIENTOS CON LIBERTAD HORARIA en los términos indicados en la Ley de Comercio de Extremadura. 


Así, con carácter general, para el  2024, el Consejo de Comercio de la Junta de Extremadura ha autorizado los siguientes:

  • 7 de enero de 2024
  • 28 de marzo de 2024
  • 12 de octubre de 2024
  • 1 de diciembre de 2024
  • 6 de diciembre de 2024
  • 9 de diciembre de 2024
  • 22 de diciembre de 2024
  • 29 de diciembre de 2024
Los dos días restantes (hasta completar los 10 autorizados) deberán ser comunicados por las corporaciones locales, a su criterio y conveniencia antes del 15 de diciembre de 2023. En el supuesto de que no lo comunicasen, se considerarían autorizados las dos fiestas locales de la localidad que no hubiese llevado a cabo la comunicación.

Además, las localidades de Badajoz, Mérida y Cáceres disponen de 6 días más para la apertura de sus establecimientos, al ser consideradas Zonas de Gran Afluencia Turística. Estos días, coinciden con los primeros domingos de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre:
  • 4 de febrero de 2024
  • 3 de marzo de 2024
  • 7 de abril de 2024
  • 5 de mayo de 2024
  • 2 de junio de 2024
  • 6 de octubre de 2024

NUEVO: RESOLUCION DOE 214 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2023

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