En el DOE 125 de 1 de Julio de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos
Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector
comercio del calzado, artículos de piel y viaje de la provincia de Badajoz.
PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI
Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo es de aplicación en toda la provincia de Badajoz, para aquellas
empresas y trabajadores incluido en el ámbito funcional y personal del mismo.
Ámbito personal y funcional.
Quedan comprendida dentro del ámbito de aplicación del presente convenio, todas las relaciones entre las empresas y trabajadores del comercio de calzados, artículo de piel, y artículos
de viaje, así como el comercio mixto cuya actividad principal sea las enumeradas anteriormente, que son las recogidas en el epígrafe 6516 del Impuesto de Actividades Económicas. Y
los que dependiendo de otra empresa (ETT), estén durante la vigencia del mismo realizando
trabajos propios del sector para la principal.
Ámbito temporal.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, aplicando los salarios con carácter de 1 de enero de 2021.
Su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2024.
La diferencia del incremento salarial que exista desde el día 1 de enero de 2021 hasta la entrada en vigor, publicación en el DOE, se abonará prorrateada dentro del trimestre siguiente
a la firma del convenio.
TABLAS SALARIALES
No hay comentarios:
Publicar un comentario