- El conductor/a gruista percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario.
- El conductor/a-repartidor/a, o que haga de repartidor/a, percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario bruto mensual.
- Las categorías no expresamente enumeradas percibirán un salario asimilable a los arriba acordados en función a criterios de proporcionalidad en la responsabilidad y/o funciones de la categoría que se desempeñe en comparación con las que aquí se enumeran.
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viernes, 17 de octubre de 2025
CONVENIO TRANSPORTE MERCANCIAS CARRETERAS BADAJOZ 2025
miércoles, 15 de octubre de 2025
CONVENIO COLECTIVO TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA - BADAJOZ - AÑOS 2025 / 2028
En el DOE 198 de 15 de octubre de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Transporte de Viajeros por Carretera de la provincia de Badajoz.
PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI
Ámbito personal, funcional y territorial.
El presente convenio se aplicará a todas las empresas de transportes de viajeros por carretera con centro de trabajo abierto en la provincia de Badajoz y a sus personas trabajadoras.
También será de aplicación a las Estaciones de Autobuses de Badajoz y su provincia.
Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en todos sus aspectos con efectos retroactivos desde el día 1 de enero del año 2025, y finalizará su vigencia el día 31 de diciembre del año 2028, siendo prorrogable tácitamente por años naturales, siendo su denuncia automática a su finalización sin necesidad de denuncia expresa por ninguna de las partes.
TABLAS SALARIALES 2025
TABLAS SALARIALES 2026
TABLAS SALARIALES 2027
TABLAS SALARIALES 2028

