En el DOE 80 de 28 de abril de 2026, se publica la RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos
Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone
la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Comercio
de Alimentación Mayor y Menor de la provincia de Badajoz.
PUEDES DESCARGAR EL CONVENIO PINCHANDO AQUI
Ámbito territorial.
El presente Convenio se aplica en toda la provincia de Badajoz.
Ámbito de aplicación.
Este Convenio se aplica a los establecimientos y centros de trabajo, correspondiente a almacenistas de alimentación, a mayoristas de coloniales, detallistas de ultramarinos y nuevos sistemas de ventas de productos alimenticios, bebidas y tabaco, cuyas relaciones laborales estén
reguladas por la legislación vigente. En su consecuencia se entiende por lo mismo, cualquier
empresa de comercio de alimentación al por mayor o menor, supermercados, autoservicios,
pescaderías, fruterías, almacenes de frutas y verduras, pastelerías, confiterías, carnicerías, charcuterías.
Ámbito personal y funcional.
Se regirán por las disposiciones reguladas en este Convenio todos los trabajadores/as de
las empresas recogidas en el ámbito funcional y los que dependiendo de otras empresas y
las E.TT. estén durante la vigencia del mismo realizando trabajos propios del sector para la
principal.
Vigencia.
El Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2025, y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026.
TABLAS SALARIALES 2026

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