En el DOE 48 de 10 de marzo de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz"
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Ámbito funcional.
El Convenio será de aplicación a las empresas y cooperativas con trabajadores por cuenta ajena, dedicadas a la actividad del transporte de mercancías en general, ya sean agencias, servicios regulares o servicios discrecionales, servicios de mudanzas de muebles y todos aquellos otros que estén recogidos en el II Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por carretera, en adelante (Acuerdo General), o Acuerdo o norma que lo sustituya.
Ámbito personal.
Quedan comprendidas dentro del ámbito del Convenio las personas que ostenten la calidad de trabajadores por cuenta de las empresas afectadas por el mismo, con la exclusión que recoja la Ley. Las mejoras de cualquier tipo pactadas en el Convenio no podrán ser compensadas con las que pudieran estar disfrutando los trabajadores en el momento de la firma del mismo. Se respetarán las situaciones personales que, con carácter global mejoren lo pactado en el Convenio, manteniéndose estrictamente “Ad personam”.
Ámbito territorial.
El Convenio será de ámbito provincial y se extenderá a toda la provincia de Badajoz, quedando incluido en el mismo todos los centros de trabajo a que se refiere el ámbito funcional, que se hallen emplazados en la provincia, aun cuando la sede central o domicilio social de la empresa radique fuera de dicho término provincial
Vigencia, duración y prórroga.
El Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 y finalizará el 31 de diciembre de 2023, siendo su denuncia automática a su finalización. No obstante lo anterior, y con el objeto de evitar el vacío normativo que en todo caso se produciría una vez terminada su vigencia inicial, o la de cualquiera de sus prórrogas, continuará rigiendo en su totalidad, tanto en su contenido normativo como en el obligacional, hasta que sea sustituido por otro
eccocar
ResponderEliminarLa logística es la sinfonía empresarial: cada pieza debe encajar perfectamente para evitar disonancias costosas. Gestionarla con precisión es clave; de lo contrario, el caos logístico puede ser una melodía costosa e inolvidable