En el DOE 246 de 23 de diciembre de 2025, se publica la RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos
Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
dispone la publicación del Acta, de fecha 21 de noviembre de 2025, suscrita
por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de derivados del cemento para la provincia de Cáceres 2013-2016,
en la que se establece el calendario laboral para el año 2026 aplicable en el
ámbito de actuación del citado convenio.
PUEDES DESCARGAR LA RESOLUCION PINCHANDO AQUI
1. Se establecen como días festivos de convenio para el sector de la construcción y las obras
públicas de la provincia de Cáceres durante el año 2026 los siguientes:
- 2 y 5 de enero.
- 6 de abril.
- 7 de septiembre.
- 24 y 31 de diciembre.
- 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el 24
de abril y el 15 de junio para Plasencia.
- Reducción de una hora diaria entre el 14 de julio y el 14 de agosto ambos inclusive,
como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable
el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute
de las vacaciones.
2. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o
posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerde no realizar
la jornada de verano entre el 14 de julio y el 14 de agosto, ambos inclusive, se establecerán en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Estas horas no serán computables al efecto del disfrute de las vacaciones.
Se establece como festivo 1 día durante las ferias o fiestas de cada localidad, que en el caso de la Ciudad de Cáceres será
el 24 de abril y el 15 de Junio para Plasencia.
Si algún día Festivo de Convenio coincidiese con fiesta local, el Festivo de
Convenio pasaría a disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local. Además de estos días se disfrutarán 2 días como festivos locales que se determinarán por cada ayuntamiento.
De los 30 días
de Vacaciones anuales al menos 21 de ellos serán laborables. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una
fiesta local con sábado o Domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
Si no se acuerda jornada reducida entre 14 de julio y 14 de agosto, se recomiendan festivos el 28, el 29 y el 30 de diciembre
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