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sábado, 28 de mayo de 2022

CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES 2019-2023

En el DOE 100 de jueves 26 de mayo de 2022, ha sido publicada la RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera para la provincia de Cáceres 2019-2023"

ÁMBITO FUNCIONAL Y PERSONAL 

El Convenio obliga a todas las empresas de transporte de viajeros por carretera de la provincia de Cáceres y las que residiendo o con domicilio social en otra provincia, tengan centro de trabajo en Cáceres o su provincia, en cuanto al personal adscrito a las mismas, salvo acuerdo más favorable.

Así pues el Convenio es de aplicación para todas las empresas de transporte de viajeros por carretera, incluidos trenes y autobuses turísticos, con la sola excepción de:

a) Transporte de viajeros en automóviles ligeros (taxis).

b) Transporte con tracción animal.

c) Personal de servicios auxiliares de garajes y estaciones de servicio.

ÁMBITO TEMPORAL

El Convenio tendrá una vigencia, a todos los efectos desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre del año 2023.

TABLAS SALARIALES

AÑOS 2021, 2022 Y 2023






CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ (2022 -2024)

El pasado miércoles 25 de mayo  en el DOE nº 99 se publicó la RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Industrias Siderometalúrgicas de la Provincia de Badajoz"

ÁMBITO FUNCIONAL

Los preceptos del  Convenio son de obligación para todas las empresas dedicadas a la actividad Siderometalúrgica, tanto en el proceso de producción como de transformación en sus diversos aspectos, comprendiéndose asimismo aquellas empresas, centros de trabajo, talleres de reparación de vehículos, con inclusión de los lavados, engrase, instalación de neumáticos, o talleres que llevan a cabo trabajo de carácter auxiliar, complementarios o afines, directamente relacionados con el sector, o tareas de instalación, montaje, reparación, mantenimiento o conservación incluidos en dicha rama o en cualquier otra que requiera tales servicios, así como, las empresas fabricantes de componentes de energías renovables. Son también de aplicación las presentes normas para las empresas que fabriquen, transformen y reparen envases metálicos y boterío; joyería y relojería, fontanería, instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, calefacción, gas, redes de contra incendios, placas solares y otras actividades complementarias de la construcción metálica, las de tendidos de líneas eléctricas y redes telefónicas, las de conducción de energías, señalización y electrificación de ferrocarriles, instaladores y mantenedores de grúas torre, industrias de óptica y mecánica de precisión, recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas, fabricación o manipulación de circuitos impresos, lectura de contadores así como aquellas actividades específicas y/o complementarias, relativas a las infraestructuras tecnológicas y equipos de la información y las telecomunicaciones. 

Quedan excluidas las empresas dedicadas a la venta de artículos de siderometalúrgica en proceso exclusivo de comercialización. 

ÁMBITO TERRITORIAL

Las normas contenidas en el presente Convenio serán de aplicación a toda la provincia de Badajoz.


TABLAS SALARIALES 2022 SIDERO BADAJOZ