martes, 31 de octubre de 2023

APERTURA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EXTREMADURA - 2024

Ya se conocen los festivos y/o domingos autorizados para la apertura de establecimientos comerciales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2024. 

Hay que recordar, que esta habilitación afecta a todas aquellas empresas que NO TIENEN la condición de ESTABLECIMIENTOS CON LIBERTAD HORARIA en los términos indicados en la Ley de Comercio de Extremadura. 


Así, con carácter general, para el  2024, el Consejo de Comercio de la Junta de Extremadura ha autorizado los siguientes:

  • 7 de enero de 2024
  • 28 de marzo de 2024
  • 12 de octubre de 2024
  • 1 de diciembre de 2024
  • 6 de diciembre de 2024
  • 9 de diciembre de 2024
  • 22 de diciembre de 2024
  • 29 de diciembre de 2024
Los dos días restantes (hasta completar los 10 autorizados) deberán ser comunicados por las corporaciones locales, a su criterio y conveniencia antes del 15 de diciembre de 2023. En el supuesto de que no lo comunicasen, se considerarían autorizados las dos fiestas locales de la localidad que no hubiese llevado a cabo la comunicación.

Además, las localidades de Badajoz, Mérida y Cáceres disponen de 6 días más para la apertura de sus establecimientos, al ser consideradas Zonas de Gran Afluencia Turística. Estos días, coinciden con los primeros domingos de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre:
  • 4 de febrero de 2024
  • 3 de marzo de 2024
  • 7 de abril de 2024
  • 5 de mayo de 2024
  • 2 de junio de 2024
  • 6 de octubre de 2024

NUEVO: RESOLUCION DOE 214 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2023

jueves, 26 de octubre de 2023

TABLAS SALARIALES 2023 - ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA

En el BOE 255 de 25 de octubre de 2023, se publica la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,  por la que se registra y publica la revisión salarial para el 2023, del IX Convenio Colectivo de enseñanza y formación no reglada.







El Convenio Colectivo, fue publicado en el BOE 258, de 25 de octubre de 2021. 

Puedes acceder al texto del mismo, PINCHANDO AQUÍ

miércoles, 18 de octubre de 2023

CONVENIO COLECTIVO NESTLÉ MIAJADAS - AÑOS ABRIL 2023 - MARZO 2026

En el DOE 200 de 18 de octubre de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Nestlé España, SA, para su centro de trabajo de Miajadas.






Ámbito funcional. 

El  Convenio regula, a partir de la fecha de su entrada en vigor, las relaciones laborales entre la empresa Nestlé España, SA, y el personal de su fábrica de Miajadas, con las excepciones que se detallan en el ámbito personal. 

Ámbito territorial. 

Este Convenio Colectivo es de aplicación al centro de trabajo de Miajadas (Cáceres) y sus dependencias anexas. 

Ámbito personal. 

Se rige por este Convenio Colectivo el personal que preste servicio en el centro de trabajo a que se refiere el ámbito territorial, con las excepciones siguientes: 
a) Los cargos de alta dirección, gobierno o consejo. 

b) Las personas a quienes se les haya encomendado algún servicio sin sujeción a jornada y que no figuran en la plantilla de la empresa. 

c) Los pertenecientes a los grupos técnicos/as y administrativos/as, en lo relativo exclusivamente a retribuciones del capítulo V, por cuanto siguen un sistema de determinación salarial diferente.

Ámbito temporal. 

Cualquiera que sea la fecha de su publicación, el  Convenio Colectivo entrará en vigor, a todos los efectos el día primero de abril de 2023 y su duración se extenderá hasta el 31 de marzo del año 2026.

TABLAS SALARIALES






jueves, 5 de octubre de 2023

CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIAS DE LA MADERA. PROVINCIA BADAJOZ . (2021-2023)

En el DOE 190 de martes 3 de octubre de 2023, se publica la RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Industrias de la Madera de la Provincia de Badajoz"








Ámbito funcional y de aplicación. 

El Convenio será de aplicación y obligado cumplimiento en todas las Industrias de la Madera ubicadas en la provincia de Badajoz tal y como se determina en el anexo I del Convenio Colectivo del Sector de la Madera, aprobado por la Resolución de 2 de noviembre de 2012 (en adelante Convenio Estatal), de la Dirección General de Empleo Sectorial para las Industrias de la Madera. 

Afecta igualmente a la totalidad del personal que preste sus servicios en las Empresas que se citan en el párrafo anterior

Ámbito temporal y denuncia. 

La duración del Convenio tendrá una vigencia de 3 años, comenzando el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre del 2023 salvo las condiciones económicas que retrotraen sus efectos al 1 de enero de 2021, cualquiera que sea su fecha de publicación en el DOE, siempre con efectos favorables o más beneficiosos para las personas trabajadoras. 

Este Convenio será denunciado de forma automática por ambas partes el día 31 de diciembre de 2023, sin necesidad de comunicación por escrito entre las partes firmantes. 

No obstante lo anterior y en evitación del vacío normativo que en otro caso se produciría, una vez terminada su vigencia inicial, o la de cualquiera de sus prórrogas, continuará rigiendo, en su totalidad, su contenido normativo, hasta que sea sustituido por otro.

TABLA SALARIAL 2023